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  • Asiento contable de descuento por volumen de compra: ejemplo resuelto

    Cuando una empresa ofrece un descuento a sus clientes por alcanzar cierto volumen de compra, el registro contable tiene una particularidad importante frente a otros tipos de descuento: si la política ya estaba establecida antes de emitir la factura, el descuento se registra directamente en el asiento de compra, sin necesidad de una nota de crédito ni de un asiento adicional. En este artículo resolvemos un caso práctico completo.

    Caso práctico

    La empresa Comercial Premium S.A. tiene como política otorgar a sus clientes un descuento del 12% por compras al contado que superen el valor de S/ 400,000. En el mes de junio, su cliente Ferretería Rocamora E.I.R.L. realiza compras por un valor de S/ 550,000, por lo que se hace acreedor al descuento.

    Se pide: ¿Cómo se debe registrar esta operación?

    I. Tratamiento contable

    a. Contextualización NIIF

    De acuerdo con el párrafo 11 de la NIC 2 Inventarios, los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán para determinar el costo de adquisición.

    b. Cálculo de la transacción y el descuento por volumen de compra

    DetalleValor de venta (S/)IGV (S/)Precio de venta (S/)
    Factura550,00099,000649,000
    Descuento 12%-66,000-11,880-77,880
    Importe neto rebajado484,00087,120571,120

    c. Asientos contables

    1) Por la compra de mercadería según factura (ya neta del descuento)

    CuentaDebe (S/)Haber (S/)
    60 Compras484,000
    – 601 Mercaderías
    — 6011 Mercaderías
    40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema público de pensiones y de salud por pagar87,120
    – 401 Gobierno nacional
    — 4011 Impuesto general a las ventas
    — 40111 IGV – Cuenta propia
    42 Cuentas por pagar comerciales – Terceros571,120
    – 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar
    — 4212 Emitidas

    x/x Por la compra de mercadería según factura.

    2) Por el ingreso de la mercadería al almacén

    CuentaDebe (S/)Haber (S/)
    20 Mercaderías484,000
    – 201 Mercaderías
    — 2011 Mercaderías
    — 20111 Costo
    61 Variación de inventarios484,000
    – 611 Mercaderías
    — 6111 Mercaderías

    x/x Por el ingreso de la mercadería al almacén.

    3) Por la cancelación de la compra según factura

    CuentaDebe (S/)Haber (S/)
    42 Cuentas por pagar comerciales – Terceros571,120
    – 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar
    — 4212 Emitidas
    10 Efectivo y equivalentes de efectivo571,120
    – 104 Cuentas corrientes en instituciones financieras
    — 1041 Cuentas corrientes operativas

    x/x Por la cancelación de las compras según factura.

    ¿Por qué aquí no se usa una cuenta 77 (ingresos financieros) ni se emite nota de crédito?

    Esta es la pregunta que más confunde a quienes están aprendiendo este tema, así que vale la pena detenerse en ella.

    La diferencia está en el momento en que se conoce el descuento:

    • Cuando el descuento se otorga después de haber emitido la factura (por ejemplo, un descuento por pronto pago que depende de si el cliente paga antes de la fecha límite), el proveedor debe emitir una nota de crédito posterior, y contablemente ese descuento se reconoce como un ingreso financiero (cuenta 77), porque ya existía una obligación registrada por el monto total que luego se reduce.
    • Cuando el descuento se otorga antes de emitir la factura — como en este caso, donde ya era una política comercial conocida de antemano («compras mayores a S/ 400,000 tienen 12% de descuento») — la factura se emite directamente por el monto neto. No hay obligación previa que «corregir», así que no se necesita nota de crédito ni una cuenta de ingresos financieros: el asiento de compra se registra igual que cualquier compra común, simplemente sobre el importe ya rebajado.

    En otras palabras: nota de crédito y cuenta 77 se usan para corregir algo que ya se registró; el descuento por volumen aquí simplemente nunca infla el monto original, porque se conoce antes de facturar.

    II. Alcances en materia tributaria

    a. TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (D.S. N.° 179-2004-EF)

    Según el artículo 20° de la ley, por costo computable de los bienes enajenados se entenderá el costo de adquisición, producción o construcción, o, en su caso, el valor de ingreso al patrimonio o valor en el último inventario determinado conforme a ley. El costo de adquisición se entiende como la contraprestación pagada por el bien adquirido.

    b. Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (D.S. N.° 122-94-EF)

    De acuerdo al artículo 11 inciso a) del reglamento, existe costo de adquisición cuando el bien ha sido adquirido por el contribuyente de terceros, a título oneroso.

    c. Comentario

    No es aplicable la NIC 12 Impuesto a las ganancias, ya que no existen diferencias temporales en la presente transacción.

    Conclusión

    El caso de descuento por volumen de compra es, en la práctica, más sencillo de registrar que el descuento por pronto pago: al conocerse antes de facturar, se contabiliza como una compra normal por el monto ya neto, sin asientos adicionales ni cuentas de ingresos financieros de por medio.


    ¿Tienes dudas sobre cuándo usar nota de crédito y cuándo registrar directo el neto? Déjanos tu consulta en los comentarios.

  • Asiento contable de descuento por pronto pago: ejemplo resuelto paso a paso

    Cuando una empresa compra mercadería al crédito y su proveedor le ofrece un descuento por pagar antes de la fecha de vencimiento, surge una duda común entre estudiantes y contadores junior: ¿cómo se registra ese descuento si la compra ya fue contabilizada por el monto original? En este artículo resolvemos un caso práctico completo, con su sustento normativo y los asientos contables detallados.

    Caso práctico

    La empresa comercial Andina Distribuciones S.A.C. adquirió mercaderías al crédito a 30 días el 3 de octubre, por un importe de S/ 250,000 más IGV. El día 18 de octubre canceló su obligación de forma anticipada. Por política comercial, su proveedor le otorgó un descuento del 8% por pronto pago, emitiéndole una nota de crédito.

    Se pide: ¿Cómo se debe contabilizar esta operación?

    I. Tratamiento contable

    a. Contextualización NIIF

    De acuerdo al párrafo 11 de la NIC 2 Inventarios, los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán para determinar el costo de adquisición. Esto significa que, aunque el descuento se conoce después de haber contabilizado la compra inicial, contablemente debe reconocerse como una reducción del costo — y no como un simple «ingreso extra» sin relación con la operación de compra.

    b. Cálculo de la transacción

    DetalleValor de venta (S/)IGV (S/)Precio de venta (S/)
    Factura250,00045,000295,000
    Nota de crédito (descuento 8%)-20,000-3,600-23,600
    Importe rebajado230,00041,400271,400

    c. Reconocimiento y medición según la NIC 2

    1) Por la compra de la mercadería según factura

    CuentaDebe (S/)Haber (S/)
    60 Compras250,000
    – 601 Mercaderías
    — 6011 Mercaderías
    40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema público de pensiones y de salud por pagar45,000
    – 401 Gobierno nacional
    — 4011 Impuesto general a las ventas
    — 40111 IGV – Cuenta propia
    42 Cuentas por pagar comerciales – Terceros295,000
    – 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar
    — 4212 Emitidas

    x/x Por la compra de mercadería según factura.

    2) Por el ingreso de la mercadería al almacén

    CuentaDebe (S/)Haber (S/)
    20 Mercaderías250,000
    – 201 Mercaderías
    — 2011 Mercaderías
    — 20111 Costo
    61 Variación de inventarios250,000
    – 611 Mercaderías
    — 6111 Mercaderías

    x/x Por el ingreso de la mercadería al almacén.

    3) Por el descuento obtenido según nota de crédito

    CuentaDebe (S/)Haber (S/)
    42 Cuentas por pagar comerciales – Terceros23,600
    – 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar
    — 4212 Emitidas
    40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema público de pensiones y de salud por pagar3,600
    – 401 Gobierno nacional
    — 4011 Impuesto general a las ventas
    — 40111 IGV – Cuenta propia
    77 Ingresos financieros20,000
    – 775 Descuentos obtenidos por pronto pago

    x/x Por el descuento obtenido según nota de crédito.

    4) Por la cancelación de la compra

    CuentaDebe (S/)Haber (S/)
    42 Cuentas por pagar comerciales – Terceros271,400
    – 421 Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar
    — 4212 Emitidas
    10 Efectivo y equivalentes de efectivo271,400
    – 104 Cuentas corrientes en instituciones financieras
    — 1041 Cuentas corrientes operativas

    x/x Por la cancelación de la compra de mercaderías (S/ 295,000 – S/ 23,600).

    II. Alcances en materia tributaria

    a. TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (D.S. N.° 179-2004-EF)

    Según el artículo 20° de la ley, por costo computable de los bienes enajenados se entenderá el costo de adquisición, producción o construcción, o, en su caso, el valor de ingreso al patrimonio o valor en el último inventario determinado conforme a ley. El costo de adquisición se entiende como la contraprestación pagada por el bien adquirido — por lo que el descuento obtenido reduce efectivamente ese costo computable.

    b. Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta (D.S. N.° 122-94-EF)

    De acuerdo al artículo 11 inciso a) del reglamento, existe costo de adquisición cuando el bien ha sido adquirido por el contribuyente de terceros, a título oneroso.

    Conclusión

    El punto clave de este caso es que el descuento por pronto pago no se contabiliza directamente contra la cuenta de compras, sino que se reconoce como un ingreso financiero (cuenta 77), separando así el efecto de la compra original del beneficio financiero obtenido por pagar antes de tiempo. El IGV también se ajusta proporcionalmente sobre el monto del descuento, ya que la nota de crédito reduce la base imponible de la operación original.


    ¿Tienes dudas sobre otro caso de descuentos o notas de crédito? Déjanos tu consulta en los comentarios.