Compra de activo biológico: núcleos de empadre (NIC 41)

Una compra de activo biológico asiento contable se reconoce bajo la NIC 41, aplicable específicamente a bienes vivos relacionados con la actividad agrícola o pecuaria. Este caso resuelve un ejemplo muy peruano: la compra de cuyes reproductores.

Caso práctico

La empresa Sabrositos S.A.C. ha adquirido 100 núcleos de empadre de cuyes, los cuales consisten en conjuntos de un cuy macho y diez cuyes hembra, a un valor de S/ 400 por cada núcleo. Se sabe que estos animales están certificados como reproductores y sus edades fluctúan entre 2.5 a 3 meses las hembras, y 3.5 a 4 meses los machos. La edad reproductiva de las hembras es hasta los 18 meses.

Se pide: ¿Cómo se debe registrar esta operación?

Tratamiento contable

El párrafo 1 de la NIC 41 Agricultura señala que esta norma debe aplicarse para la contabilización de los activos biológicos, siempre que se encuentren relacionados con la actividad agrícola. El párrafo 10 añade que la entidad reconocerá un activo biológico o un producto agrícola cuando, y solo cuando: (a) la entidad controle el activo como resultado de sucesos pasados; (b) sea probable que los beneficios económicos futuros asociados con el activo fluyan a la entidad; y (c) el valor razonable o el costo del activo puedan ser medidos de forma fiable.

Al comprar cuyes para reproducción se trata de activos biológicos. Al término de su ciclo reproductivo, pasarán a ser mercadería, ya que puede venderse como carne, incorporándola como establece la NIC 2 Inventarios.

Asiento contable

CuentaDebe (S/)Haber (S/)
35 Activos biológicos40,000
– 351 Activos biológicos en producción
— 3511 De origen animal
— 35111 Costo
46 Cuentas por pagar diversas – Terceros40,000
– 465 Pasivos por compra de activo inmovilizado
— 4656 Activos biológicos

x/x Por la adquisición de 100 núcleos de empadres de cuyes (100 x S/ 400).

Alcance en materia tributaria

De acuerdo con el artículo 20° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, por costo computable de los bienes enajenados se entenderá el costo de adquisición, producción o construcción, o, en su caso, el valor de ingreso al patrimonio o valor en el último inventario determinado conforme a ley, más los costos posteriores incorporados al activo de acuerdo con las normas contables, ajustados de acuerdo a las normas de ajuste por inflación con incidencia tributaria, según corresponda. La norma tributaria establece el concepto de costo computable, para el caso, como «costo de adquisición».

Conclusión

Los animales adquiridos con fines reproductivos se reconocen como activos biológicos mientras cumplen esa función, y solo cuando terminan su ciclo reproductivo pasan a reclasificarse como mercadería, siguiendo el tratamiento de inventarios de la NIC 2 — un cambio de naturaleza contable que conviene tener presente para no dejar el activo mal clasificado en libros.


¿Tienes dudas sobre cómo reclasificar un activo biológico a mercadería al final de su ciclo productivo? Déjanos tu consulta en los comentarios.

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